Cambios y actualización en las especificaciones normativas y técnicas del SII: Proyecto de Orden que modifica la Orden HFP/417/2017
A través del proyecto de Orden por la que se modifican la Orden HFP/417/2017 y la Orden EHA/3786/2008, se han establecido unas actualizaciones respecto a la información a suministrar a través del SII por los sujetos pasivos obligados a ello. Las modificaciones introducidas son las siguientes:
- Se añade un campo para el NIF de la entidad sucesora en la identificación de la factura, de cara a identificar registros de facturación realizados por una entidad como sucesora de otra por operaciones de reestructuración.
- Para el Libro Registro de Facturas Recibidas se añade una nueva clave de factura: “LC” correspondiente a “Aduana-liquidación complementaria”.
- Se añaden dos marcas para identificar a las facturas simplificadas “cualificadas” (facturas simplificadas que identifican al destinatario) y a las facturas completas en las que no es obligatorio identificar al destinatario (por ejemplo, no establecidos que realizan ventas a distancia).
- En el Libro Registro de facturas expedidas se añade una marca para identificar facturas expedidas por terceros conforme a la disposición adicional tercera y sexta del RD 1619/2012.
- Se añade una nueva clave de medio de cobro o pago dentro del régimen especial del criterio de caja, identificando los que se instrumentan mediante domiciliación bancaria.
- Se establece una nueva obligación para los sujetos pasivos que quedan obligados al SII en el curso de un ejercicio, por la cual deberán remitir los registros correspondientes a los periodos del ejercicio anterior a su inclusión.
- Se añade un campo adicional de contenido libre denominado “referencia externa”, para añadir información que se considere relevante.
- Se permite el desglose del importe exento en función de las distintas causas de exención.
- Si una factura tiene más de 15 NRC se enviará un XML específico con el resto de datos de los inmuebles.
- Se han renombrado algunas etiquetas: período de liquidación, facturación por terceros o por el destinatario e importe de las transmisiones de inmuebles sujetos a IVA.
Recordar que el SII implica, desde el 1 de julio de 2017, el suministro online de los registros de facturación ante la AEAT, en tiempo real, obligatoriamente para aquellos sujetos pasivos del IVA que se encuentren en presentación mensual de autoliquidaciones.
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