Reducción del tipo de IVA en las entregas de objetos de arte

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La introducción, con efectos desde el 26 de enero de 2014, del artículo noveno del Real Decreto-ley 1/2014 añade los números 4 y 5 al apartado Uno del artículo 91 de la Ley del IVA con el objeto de reducir del 21 al 10 por ciento la tributación de las importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, así como de las entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte, cuando dicha entrega sea efectuada por sus autores o derechohabientes y empresarios no revendedores con derecho a deducción íntegra del impuesto soportado.

Como consecuencia de esta reducción de tipos, el artículo noveno de dicho Real Decreto-ley modifica asimismo el artículo 135.Uno.3º de la Ley 37/1992 para incluir en el Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, las entregas de objetos de arte adquiridas a empresarios o profesionales en operaciones que hayan tributado al tipo reducido.

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