Sentencia del Tribunal de Justicia de Cataluña en relación con el “céntimo sanitario”

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Una vez resuelto por parte del Tribunal de Justicia de la UE la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de Justicia de Cataluña en relación con el IVMDH, este último Órgano judicial no ha tardado en pronunciarse para estimar las alegaciones presentadas por la compañía transportista, de forma que se acuerde la devolución de lo indebidamente pagado por la compañía en concepto de este impuesto.

Esta sentencia obliga al Estado a devolver las cantidades indebidamente ingresadas, si bien hace hincapié en la necesidad de acreditar el ingreso de las cantidades solicitadas a devolver por parte del contribuyente y que no se hubieran devuelto ya las cuotas a las gasolineras.

Igualmente señala el Tribunal que la devolución se ordenará siempre y cuando no haya prescrito el derecho del contribuyente a solicitar la misma.

El fallo del Tribunal abre definitivamente las puertas a los contribuyentes para solicitar cuanto antes todas aquellas cantidades pagadas e ingresadas indebidamente ante la Administración Tributaria en concepto de este impuesto especial, debiendo la Administración proceder con dicha devolución siempre y cuando quede acreditado que se ha producido el ingreso.

Si desea conocer más sobre el procedimiento de devolución para este impuesto, puede ponerse en contacto con nosotros en info@diligens.es

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