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Modificación del Reglamento del IVA y del Reglamento General de Aplicación de los Tributos

Modificación del Reglamento del IVA y del Reglamento General de Aplicación de los Tributos

El pasado día 7 de junio entró en vigor el Real Decreto 410/2014 que modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y el Reglamento General de Aplicación de los Tributos.

La modificación respecto al IVA afecta a la exoneración para presentar el Resumen Anual del Impuesto – modelo 390 – para aquellos sujetos pasivos respecto de los cuales la Administración Tributaria ya posea información suficiente a efectos de las actuaciones de comprobación o investigación. En particular, sobre los sujetos pasivos a los que les afectará la exoneración se informará en la Orden Ministerial por la que se apruebe el modelo 390.

Por su parte, las modificaciones referentes al Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos son dos:

–          Obligación por parte de las instituciones financieras de presentar una declaración informativa sobre las cuentas financieras abiertas en ellas cuando concurran las circunstancias especificadas en la normativa sobre asistencia mutua.

–          Posibilidad de los contribuyentes de acceder de forma voluntaria al contenido de sus notificaciones en la sede electrónica de la Administración Tributaria. Se accederá con una firma electrónica y se dará por notificado al contribuyente, sin perjuicio de las notificaciones que puedan realizarse a través de la Dirección Electrónica Habilitada.

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