Sentencia del TSJ de Valencia sobre la devolución del IVMDH
Este Tribunal, en sentencia de 2 de Junio de 2014, estima la procedencia del recurso de reposición presentado y en consecuencia el derecho a la devolución del IVMDH satisfecho.
El Tribunal se muestra contrario a los argumentos defendidos por el abogado del estado ya que, en primer lugar, no existe riesgo de duplicidad en las devoluciones porque la devolución se efectúa al sujeto repercutido, nunca al sujeto pasivo y, en segundo lugar recuerda este Tribunal que, en cuanto la limitación de los importes a devolver ya se pronunció el TJUE rechazando las peticiones de España en este sentido.
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