Exclusión de garantía del IVA en las importaciones cuando el importador sea Operador Económico Autorizado (OEA)

 In NOTICIAS TRIBUTARIAS

En línea con lo publicado la semana pasada, la Agencia Tributaria ha informado nuevamente a través de su página web la exclusión de la obligatoriedad de garantizar el pago del IVA a la importación en aquellos casos en los que el importador tenga el estatus de Operador Económico Autorizado – OEA.

La condición de Operador Económico Autorizado puede obtenerse por los operadores que realizan actividades reguladas por la legislación aduanera, entre las que se incluye las importaciones de bienes. El estatus de OEA garantiza que el importador es de confianza y, entre otros aspectos, de solvencia financiera, y en consecuencia disfruta de ventajas en toda la Unión Europea.

A partir del 28 de abril de 2015 se añade entre estas ventajas para el OEA la ausencia de garantía en el pago del IVA a la importación.

En el siguiente enlace puede acceder a la publicación de la AEAT.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/RSS/Todas_las_Novedades/Aduanas/Nuevo_funcionamiento_del_sistema_de_garantias_en_el_procedimiento_de_despacho_en_el_caso_del_IVA.shtml

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