Céntimo Sanitario. Responsabilidad Patrimonial del Estado
Según publicó la sala de prensa del Poder Judicial el pasado 26 de enero de 2016, la Sala III del Tribunal Supremo ha deliberado y votado los ocho primeros recursos contencioso-administrativos de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, popularmente conocido como ‘céntimo sanitario’. El sentido del fallo es estimatorio de los recursos.
Estas reclamaciones provienen de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso de ‘Transportes Jordi Besora’, de 27 de febrero de 2014, que declaró que la Ley que autorizaba dicho impuesto era contraria a la directiva 92/12/CEE.
El texto definitivo de las sentencias se dará a conocer una vez terminada su redacción en los próximos días.
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