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Modificación del umbral en España para la declaración estadística de intercambio de bienes entre Estados miembro (Intrastat)

Modificación del umbral en España para la declaración estadística de intercambio de bienes entre Estados miembro (Intrastat)

A través de la Orden HAP/50/2015, de 21 de enero, se han fijado los nuevos umbrales de exención para la declaración estadística Intrastat, correspondiente a los movimientos intracomunitarios de bienes, tanto de introducción como de expedición.

Así, a partir del 1 de enero de 2015, los nuevos umbrales de exención, para ambos flujos, quedan fijados en 400.000 € de importe facturado acumulado en el ejercicio precedente o en el corriente.

Hay que recordar que hasta el 31 de diciembre de 2014 el umbral estaba fijado en 250.000 €, por lo tanto, las empresas que hayan excedido durante 2014 este importe en los movimientos intracomunitarios de bienes, están obligados a la presentación de la declaración Intrastat durante el 2015.

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